Te informo de la promulgación del Decreto 472/2019 de 28 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y su tramitación administrativa.

Las principales novedades que se recogen en el Decreto, que entrará en vigor el próximo 3 de diciembre de 2019, son las siguientes:

  • Se crea un Nuevo Modelo de Hoja de Quejas y Reclamaciones, así como también el cartel anunciador de la existencia de las mismas.
  • En el nuevo modelo de hojas de Reclamaciones, que obligatoriamente deberán disponer todos los comercios, se establece que el reclamante especifique la pretensión de su reclamación, incluyendo una compensación en euros e incluso una multa al establecimiento. El plazo para que todos los comercios dispongan de este nuevo modelo de libro Hojas de reclamaciones será el 30 de noviembre de 2019.
  • El empresario vendrá obligado a firmar la hoja de reclamaciones y sellarla.
  • El plazo legal para contestar a las reclamaciones formuladas, sigue siendo de 10 días hábiles, en la que deberá incluirse una propuesta de solución al conflicto, si se acepta o no la mediación o el arbitraje de consumo e indicar si se encuentra adherida a una entidad pública de Resolución Alternativa de litigios de Consumo y, caso de no estarlo deberá facilitarle en dicha contestación la información relativa de al menos una entidad preferentemente pública que sea competente para conocer de la reclamación, indicando si participará en el procedimiento ante dicha entidad.
  • La documentación acreditativa de haber cumplido con la contestación, deberá conservarse a disposición de la Inspección de Consumo y demás órganos competentes durante un plazo de 4 años, a contar desde la remisión de la contestación.